COSECHANDO ACTIVISTAS TRANS A TRAVÉS DE LA ESI
Sobre cómo se ha diseñado una escuela trangenerista.
En los primeros años del siglo XXI se originó la Ley de Educación Sexual Integral (ESI) sobre la que en los últimos tiempos, han surgido opiniones enfrentadas. La reciente discusión es particularmente prometedora sobre su impacto en los niños y adolescentes y sus familias.1
Inicialmente, la ESI de 2008 ya incluía conceptos como identidad sexual y diversidad de identidades. Estos aparecen cuatro años antes de la sanción de la Ley de Identidad de Género n°26.743 (LdIdG).
Con el tiempo nuevas resoluciones del Consejo Federal de Educación muestran cómo la ESI populariza el transgenerismo, socavando y eliminando las protecciones para mujeres y niñas, contra la discriminación basada en el sexo y las obligaciones estatales para lograr la igualdad de sexos de facto.2
La actualización de los contenidos de la ESI, se acompañan con las nuevas leyes internacionales y nacionales, que apoyan y expanden sus ámbitos de llegada.3 Este aumento año a año, demuestra la permeabilidad de los gobiernos argentinos a las agendas supranacionales, a través de los frutos de su “entrismo” como se analizará aquí y en el caso de la Ley Micaela como se vio aquí.
La premisa principal de la ESI es una declaración casi imperceptible para muchos, pero sin evidencia científica.4 Se niega la realidad biológica de los sexos, que como todos sabemos, tiene dos categorías únicas y excluyentes: femenina y masculina. En su lugar, la reemplazan por la creación de un nuevo tipo de identidad, basada en la autopercepción individual y subjetiva de la identidad de género.
BAJO UNA PREMISA BÁSICA, FALSA Y AUTORITARIA
Inmiscuéndose con premisas anticientíficas, misóginas, homoodiantes y regresivas, y así como la ambición de destruir a la familia, el transgenerismo va ocupando simultáneamente de todo aparato estatal por vías legales, programas y resoluciones con profundas implicancias sociales.5
Los contenidos de la ESI tienen una retórica marketinera, confusa y ambigua. Se emplean la neolengua, palabras con doble significado, el lenguaje inclusivo (para evitar la marca de los sexos, con el uso de la “e”) más un discurso dulcemente persuasivo, que propicia la empatía, la aceptación y el respeto.
El objetivo es enmascarar la realidad, confundir la comprensión de su contenido y desafiar al sentido común. Estos conceptos falsos se institucionalizan y difunden extensamente, sirviendo como armas discursivas con fines políticos.
De manera muy resumida, aquí se presentan las premisas básicas de la ESI, que forman de la actualización académica en Educación Sexual Integral del año 2023, para docentes desde el nivel inicial al superior:
La perspectiva de género, en nuestras prácticas pedagógicas;
La diversidad, una mirada necesaria para profundizar la ESI;
La ESI y los derechos de infancias y adolescencias en diálogo territorial;
etc.
La perspectiva de género en las prácticas pedagógicas: “Se busca problematizar el sentido común respecto de las violencias para comprender que ellas, desde la lógica patriarcal, no sólo se ejercen sobre las mujeres, sino también sobre las personas disidentes con la cisheteronorma (lesbianas, gays, bisexuales, travestis, trans y no binarias), las/os niñas/os, …”.
Se les instruye que el sexo es “asignado a nacer” (otro absurdo pues el sexo de un individuo se determina en el momento de la concepción y se observa y registra) y que el género -es decir, las formas de sentir, de vestirse, de expresarse, en otras palabras, los estereotipos de ser femenina o masculina- son los indicadores de la “identidad de género”.
La ESI fomenta la igualdad entre los géneros y el derecho a la no discriminación. Dicho de otra manera, promover la igualdad es compensar a estas personas por las injusticias de “la heteronormatividad” tanto sean pasadas, presentes o futuras. Se concibe a dos grupos sociales enfrentados polarizándolos: un grupo de opresores (los cis, heterosexuales, blancos, adultos, etc.) y otro de víctimas (trans, no binarios, o autodefinidos lesbianos, menores, etc.).6
La exigencia por la no discriminación parte de la base de ficciones creadas discursivamente como “identidades”, que deben ser aceptadas por todos, al tiempo de imponer la categorización de “personas trans” o “no binarias” como una categoría coherente de personas. En realidad, no discriminar es someterse incondicionalmente al relato trans.
Basados en un supuesto derecho humano internacionalmente acordado,7 se apela a la empatía y aceptación. Enseñan a los niños a dar la bienvenida a entornos inclusivos y respetuosos, es decir se limita grupalmente la libertad de expresión. Esto hace las veces de correctivo y hasta de sanción para los disidentes.
Respetar la diversidad es reconocer y valorar la existencia de múltiples identidades de género, que dicho de otra manera, es aceptar sin cuestionar, la uniformidad del pensamiento. Para ser más claros, aquello que normalmente se identifica como diversidad de pensamiento y opinión, es precisamente lo que brilla por su ausencia.
Los derechos de infancias y adolescencias: “... implican la superación del paradigma tutelar por el paradigma de protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes y sus implicancias para la educación sexual integral”. Esto no es más que la defensa a la autodeterminación de los menores de edad, justificada desde el paradigma de los derechos humanos en total contradicción con los derechos parentales.
LOS PROPÓSITOS DE LA ESI
Con la sanción de la LdIdG junto a la ESI, parece introducirse algo inofensivo, beneficioso para una “minoría”, pero en realidad, lleva consigo evidentes objetivos, algunos ocultos y hasta perjudiciales.
Con la ley de Educación Nacional, se garantiza que en una educación pública, gratuita y universal, se filtre automáticamente contenidos transgeneristas. Alcanza a cada alumno desde el nivel inicial hasta el superior, de gestión pública pero también privada, laica y confesional. Representa “un derecho que no se puede incumplir”. Se aseguran así un canal de adoctrinamiento y reproducción entre el estudiantado, creando aliados a su agenda en todo el territorio nacional. Este es uno de sus propósitos.
Un segundo propósito es una inmersión completa de sus contenidos, en todas las asignaturas. Desde sus orígenes se promulgan: “ estrategias pedagógicas para abordar la educación sexual integral de manera transversal, interdisciplinaria, participativa y contextualizada, respetando los derechos, las necesidades y los intereses de los estudiantes”.
Un tercer propósito de la ESI es la permanente capacitación del cuerpo docente con mano firme: “Que, en la Resolución antes citada, se establece el cumplimiento de un espacio específico de ESI en la formación inicial de los futuros docentes, la inclusión de contenidos de ESI en concursos de ascenso como también la realización de las Jornadas “Educar en Igualdad”. “el Programa Nacional de Educación Sexual Integral, desde su creación, produce materiales pedagógicos para la implementación de la ESI en las escuelas, acompaña y asiste a los y las referentes de ESI y en articulación con las jurisdicciones y el Instituto Nacional de Formación Docente, elabora los contenidos para el desarrollo conjunto de cursos y trayectos de formación docente continua a nivel nacional”.
Los docentes son forzados a participar de esta manipulación ideológica como representantes de la misma, hasta implicar a su vida personal: “La ESI nos atraviesa en lo personal y en nuestro rol de docentes en todo momento y en todo lugar, por lo que se impone reflexionar y profundizar sobre ciertos interrogantes individuales e institucionales: ¿qué nos pasa al trabajar con la ESI? ¿Qué miedos nos genera? ¿Cuáles son nuestros supuestos acerca de la sexualidad y la educación sexual? … Por eso es necesario que revisemos nuestras prácticas, para poder modificarlas y educar de una manera más respetuosa e inclusiva, es decir, actualizada con el paradigma actual.8
Los docentes, una vez empleados y sujetos a evaluaciones periódicas de su desarrollo laboral, contribuyen al mecanismo por el cual, gradualmente orientan a la institución educativa de manera más comprometida. Este constituye otro propósito: la transformación de la escuela en una institución activista.
Obsérvese el éxito de este mecanismo, con las reacciones frente a la victoria del nuevo presidente Milei: “Docentes y expertas en ESI se mostraron preocupadas por las declaraciones de las caras visibles de LLA” ... “Frente a estas declaraciones y a los anuncios de que quieren derogar las leyes de ESI y de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) las escuelas están en alerta. “ … “Para quienes trabajamos con la ESI en la universidad nos preocupa la llegada de Milei … notamos la aparición de discursos racistas, negacionistas y xenófobos entre algunes estudiantes -- impensables en otros contextos históricos“.
Claro está, también hay docentes, que aún estando en desacuerdo, no podrán expresarlo abiertamente. En todo caso, con su aceptación pasiva, siguen permitiendo el forzoso adoctrinamiento educativo.
Un quinto propósito es abarcar la totalidad de la organización institucional “En otras palabras, la mejor clase sobre la ESI no servirá de mucho si la comunidad educativa (directivos, docentes, alumnos, no docentes, familias) no es parte de esa integralidad.”
Imaginemos a estos docentes “preocupados” por la posible retirada de la ESI, cuando una madre cuestiona lo que le están enseñando a sus hijos en la escuela. El adoctrinamiento docente avala la disociación completa del cuerpo como “progresista”, del que las niñas y las mujeres sienten muy bien cómo las compromete.9 ¿Se puede ver la relación de fuerzas al imponer una ideología legal y estatal, frente a los derechos de los padres o tutores, a salvaguardar a sus hijos de semejante lavada de cabeza, con las niñas compartiendo baños con varones, por ejemplo?
Esta propuesta reaccionaria, se apoya en los medios de comunicación para celebrar a la fuerza laboral activista. Entrenados para identificar al menor que no se ajusta al estereotipo de género, los docentes están abocados a orientar a las familias, entre otras acciones militantes. Un docente de la Ciudad de Buenos Aires, cuenta cómo “ayuda” a un niño porque sus juegos no cumple con el estereotipo de género.
El caso del director escolar autopercibido mujer, es ejemplar de un mundo al revés. Tienen frente a sí a un señor con melena, maquillaje y vestido de mujer, al que la comunidad educativa, tiene que respetar degradando la humanidad de todas las mujeres y niñas de alrededor.
Finalmente, otro propósito es atribuir a la autoridad educativa en una posición superior a la familia o tutores del menor. Se “rescata el papel fundamental del docente y de todo el personal de la escuela como garantes de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Generar las condiciones institucionales para el efectivo cumplimiento de los derechos tanto de niñas, niños y adolescentes como del personal docente y toda persona adulta que integre la comunidad educativa”.
Se encomienda a la comunidad educativa la tarea de ser el segundo hogar del menor, atrapándolo en un entorno que le concede derechos que superan a los de su propia familia. “Recibir educación sexual integral no es un don que prodigan los padres y las madres, es un derecho de las niñas, niños y adolescentes” 10
Es crucial subrayar la sutil línea que separa los derechos del menor en el contexto de una familia abusiva y violenta, donde todos los adultos, ya sean docentes, médicos, vecinos o conocidos, tienen la obligación moral de intervenir. Esta situación contrasta claramente con la protección del menor ante una captación nociva del transgenerismo.
La industria de género que crece gracias al maquinaria publicitaria y al activismo trans, se sustenta en un relato distorsionado de la realidad. La transición o cambio de sexo no es más que una manipulación retórica. Esto es para engañar al menor sobre un supuesto cambio de sexo, que no es más que el cambio de nombres, pero que sigue con la hormonación, mutilaciones, y hasta esterilización, con importantes consecuencias físicas y psicológicas. La llamada transición no sanará sus angustias, su incomodidad con su cuerpo, sus experiencias traumáticas o la presión social de sus pares.
EN RESUMEN
En base a todas las disposiciones oficiales, es aceptable afirmar que la ESI forma parte del entrismo transgenerista:
en todas las instituciones educativas públicas, privadas, laicas y confesionales de nivel inicial a superior;
no como una asignatura individual, sino un contenido que atraviesa a todos los contenidos educativos;
prepara el terreno ideal para un semillero de estudiantes adoctrinados en el transgenerismo;
garantiza la captación de toda la comunidad educativa de manera obligatoria y autoritaria, debido al riesgo de perder sus trabajos; y así reducir la resistencia u oposición a sus imposiciones;
celebra la disociación corporal de manera permanente y la confusión en los menores frente a su cuerpo,
y compromete la protección y seguridad de los menores, y atenta contra los derechos parentales de la familia o tutores a cargo.
¿Cómo podría corregirse una política educativa basada en una premisa falsa con intenciones devastadoras para los menores de edad, entre otras tantas consecuencias?
Tal como viene funcionando el estado argentino, sin la derogación la Ley de Identidad de Género, que santifica la ficción subjetiva de identidad de género, no podría eliminarse todo el armado legal y normativo junto con toda la administración pública que lo reproducen.
2006- Ley N° 26.206 - Educación Nacional.Acceder
2006- Ley N°26.150 - Educación Sexual IntegralAcceder
2008- Resolución C.F.E. Nº 45 - Lineamientos Curriculares para la Educación Sexual IntegralAcceder a la resoluciónAcceder al anexo
2018 - Resolución C.F.E. Nº 340 - Núcleos de Aprendizaje Prioritarios para Educación Sexual IntegralAcceder a la resoluciónAcceder al anexo
2022 - Resolución del Ministerio de Educación de la Nación N° 419 - Educación Sexual IntegralAcceder a la resolución
2023 - Resolución del Ministerio de Educación de la Nación N° 1985 - Pautas de Implementación del Programa Nacional de Educación Sexual IntegralAcceder a la resolución
Basadas en los Principios de Yogyakarta, estas nuevas ideas y políticas afectarán profundamente los derechos de las mujeres y las niñas en todo el mundo. Los Principios son un documento de una reunión internacional sobre orientación sexual e identidad de género en 2006. En 2017, el documento se actualizó a los Principios de Yogyakarta Plus 10.
“Es necesario remarcar que, en la división histórica y social del poder, las mujeres y las identidades no binarias están en peores condiciones cuando se trata de acceder a los bienes materiales y simbólicos (educación, trabajo remunerado, puestos de conducción).” ESI, Educación sexual integral, Guía básica para trabajar en la escuela y en la familia, Leandro Cahn, et al, Siglo Veintiuno editores, 2020.
Idem. ESI.
Kajsa Ekis Ekman, “Open female spaces, closed male spaces” en On The Meaning of Sex, Spinifex, 2021.
Idem. ESI.
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