SER TRANS ARGENTINO Y TRANS EXTRANJERO
Privilegios y tratos preferenciales en territorio argentino
*Se usará la neolengua “trans” para referirse a varones que se autoperciben como mujer y “cis” para aquellos que no lo hacen.
En 2023 un alemán llamado Andrea Speck, residente en España quiso rectificar su sexo en su documento para ser reconocido como “no binario” --en Alemania ya estaba reconocido desde 2017. Como fue rechazado, inició acciones legales en 2018, y finalmente en 2023, logró convertirse en un hito en la vía judicial, ya que un tribunal español lo reconoce como tal, en el Registro Central de Extranjeros.
A diferencia de eso, las autoridades argentinas no representan ni de lejos el mismo problema a un extranjero trans, como se expondrá seguidamente. Las teorías posmodernas a la argentina han concebido y prosperado con una nueva escala de privilegios poco convencionales.
Esta nueva minoría surge de la combinación de la teoría crítica de la immigración con la teoría de la identidad de género, sostenida por la izquierda progresista hegemónica extendida probablemente en casi toda la maquinaria estatal.
Se argumenta que las normativas legales están impregnadas con sesgos “cisnormativos” sobre las personas migrantes trans. Padecen de exclusión social impidiéndoles alcanzar sus identidades autopercibidas por la transfobia, la xenofobia, el racismo y la aporofobia. Por ejemplo, los extranjeros trans deben sortear toda una serie de obstáculos hasta obtener sus documentos con su “identidad autopercibida” y padecen de normativas sancionatorias y penales por el trabajo sexual y venta de estupefacientes criminalizandolos.1
Sorprendentemente, pasamos de una sociedad basada en la igualdad legal de las mujeres y los varones hacia un mundo al revés, donde legalmente ser mujer es vaciado de contenido. Figurativamente sería un podio de dos niveles si observamos el transcurso de los acontecimientos en relación al cambio registral, a la detención y arresto de extranjeros, el procedimiento legal y hasta el resultado final con sus condenas y encarcelamiento de los trans. Ocupando el primer lugar se ubican los argentinos trans posiblemente por su número, y el segundo lugar es para los extranjeros trans. Fuera del podio, los ciudadanos, y sobre todo bien lejos, las ciudadanas porque las consecuencias son diferentes para cada caso.
El entrismo transgenerista promueve no solo al argentino sino también al extranjero autopercibirse mujer, y demandar por acceso y acomodamiento en la sociedad argentina. El proceso consiste básicamente en festejar la diversidad, promover la inclusión y normalizarlos hasta formar parte de la mesa de decisiones, hasta el punto de no retorno, y corromper así todo el sistema.
CAMBIO REGISTRAL
Este es el procedimiento por el cual una persona cambia en sus documentos el sexo por el narrativamente fantaseado. Se aprobó en 2012, pero al año siguiente se admite a los extranjeros. Según el INADI, “desde 2013, la Dirección Nacional de Migraciones y el RENAPER pusieron en funcionamiento el procedimiento para el reconocimiento del derecho de identidad de género de las personas extranjeras con residencia permanente, apátridas y refugiados. El reconocimiento de identidad de género sólo es válido dentro del territorio argentino.2 En 2022, más del 90% de los extranjeros que hicieron su cambio registral, optaron por la categoría mujer y ninguna optó por el género no binario.
Estos extranjeros trans demandan que se acomoden a sus peticiones. Por ejemplo, protestan porque deben realizar trámites con sus documentos de origen (su verdadero nombre y sexo) pues violan su “identidad de género”, o que se tarde tanto tiempo obtenerlos afectándoles su vida diaria. Los denunciantes, es necesario aclarar, no son “los extranjeros” sino los activistas. Por si fuera poco, las reclamaciones se originan de las mismas instituciones públicas argentinas capturadas por estas políticas identitarias.3
Apartándonos un momento del tema, esta es una excelente oportunidad para repasar las tácticas del activismo trans, llamado darvo, en relación a este tema4. En vez de colaborar con las autoridades, el interesado cuestiona las reglas, se desvía en un inteligente movimiento en tres pasos: negación, ataque y reversión de los roles de víctima e infractor o agresor.
Argentina se ha convertido en la meca trans para los extranjeros. La mayoría de los que vienen son de Latinoamérica, pero también hay casos de Rusia, España y Estados Unidos. En la misma línea, se celebra que sea un país a la vanguardia de los derechos de las personas trans en el mundo, dice Alba Rueda. Este representante especial sobre Orientación Sexual e Identidad de Género de la Cancillería Argentina, simboliza las dos caras de la misma moneda: activismo transgenerista y poder ejecutivo durante el período albertista 2019-2023.
ARRESTO Y ENCARCELAMIENTO
La infracción a la Ley de Drogas N° 23.737 se refiere a la tenencia, suministro y tráfico de estupefacientes. Esta es la principal causa de privación de la libertad de las mujeres y las personas trans. En el año 2017, un 43 % de las mujeres y el 70 % del total de personas trans estaban encarceladas por estos delitos. El gráfico que viene a continuación, muestra cómo ha variado cada año para la población trans arrestadas.5
El siguiente cuadro muestra la proporción de presos argentinos y extranjeros trans entre 2015-2021.
La proporción de argentinos y extranjeros trans, detenidos por delitos relacionados con drogas, es aproximadamente del 50% de cada uno. Por nacionalidad, en 2020, los trans con delitos vinculados a drogas son un 51% argentino, seguido por peruanos, ecuatorianos y bolivianos. En 2021, el 35% serán argentinos, seguidos por peruanos, ecuatorianos, paraguayos, bolivianos, etc.
Los extranjeros trans encarcelados lo justifican con la misma herramienta de manipulación darvo: “De manera desproporcionada en relación con el resto de la población, las travestis y mujeres trans migrantes en la PBA son criminalizadas por supuestas infracciones a la Ley 23.737 que regula la tenencia y venta de estupefacientes.” Se declaran víctimas “desde una perspectiva interseccional, como discriminación por identidad y expresión de género, condición migratoria y situación socioeconómica, ya que se trata de un sector social históricamente marginado”
Esto no surge solamente desde los grupos politizados. Todos los estamentos relacionados a la impartición de justicia argentina están capturados por esta ideología transgenerista.
Este es el caso de la Justicia en la Ciudad de Buenos Aires:
Tras múltiples denuncias de agresiones a migrantes ecuatorianas travestis y trans en Once, la jueza Andrea Danas ordenó la presencia policial en las zonas donde ocurrieron tres ataques en el último mes. La Justicia instó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a implementar medidas de protección para estas personas en situación de prostitución en el barrio de Once. La Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 9 respondió al pedido de botones antipánico presentado por OTRANS Argentina. Ahora se debe abordar la inclusión social a través de diversos programas, así como garantizar la presencia del SAME y la brigada contra la violencia de género, entre otras medidas. Fuente: Agencia Presentes, 2017.
Vale aclarar, que la normativa internacional indica que toda persona debe ser tratada humanamente. Pero el concepto de los derechos humanos de los transgéneros ha creado una nueva clase privilegiada por sobre el resto de las personas, y primordialmente frente a los derechos de las mujeres. La administración pública repite una y otra vez en todas sus ordenamientos, que la identidad de género es fundamental para la dignidad de toda persona en base a un documento de una reunión de activistas, como el de Yogyakarta, que no tiene sustento en convenios ratificados por las partes.
Por ejemplo, en una publicación sobre Derechos Humanos, denuncian las pésimas condiciones de encarcelamiento de la población trans. Porque aunque en algunas ofrecen espacios exclusivos, en otras conviven con imputados y condenados por delitos sexuales. Los especialistas insisten que persisten los problemas porque no se respeta el derecho a ser consultados “sobre el alojamiento” ignorando la noción de "género autopercibido", lo que conduce a situaciones injustas y denigrantes. Nuevamente se repite el mismo patrón: una vez que están dentro del sistema, reclaman más cambios institucionales y reparaciones vip por el sufrimiento de presuntas injusticias sistémicas.
JUSTICIA “TRANS” vs. JUSTICIA “CIS”
Seguidamente vemos cómo en otro nivel de captura institucional transgenerista, se persigue el acomodamiento y la normalización entre los actores del sistema de justicia penal.
Es así como se anuncia oficialmente, que debido a la discriminacion y violencia de las personas trans en fallos judiciales, y al misma se celebra que gracias a su labor, se muestran avances jurisprudenciales en la protección de los derechos de ese colectivo.
Ubicados en el primer lugar del podio, están los argentinos trans absueltos de las acusaciones relacionadas con el comercio de drogas. En un caso, se sobreseyó a cinco varones, donde el estado admitió la “necesidad disculpante” y la falta de derechos que afronta el colectivo travesti-trans dentro y fuera de las cárceles.
Dirigiéndose a los imputados en femenino, una jueza enumera todos “los vectores de opresión”... “esas realidades complejas, signadas por la precariedad, las múltiples discriminaciones que se entrecruzan de manera interseccional y la exclusión estructural de toda posibilidad de ejercer sus derechos más fundamentales”. En otro caso, se sobreseyó al imputado por la existencia de un “prejuicio irrazonable” por parte del personal policial.
En “La Guía para la investigación y el juzgamiento con Perspectiva de Género en materia de drogas, se hace hincapié en la importancia de identificar desde el principio si la persona involucrada en el delito es una mujer cis, trans, travesti o no binaria y consultar bajo qué pronombre y nombre se identifica”. Esta guía pertenece al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos bonaerense.
El segundo lugar en el podio lo ocupan los extranjeros trans. Por ejemplo, en la compilación de la Dirección Nacional de Política Criminal, se menciona que, en un caso, al no tratar al acusado con su nombre de fantasía, se lo utilizó para acusar de incumplimiento de la Ley de Identidad de género. En un caso diferente, llega a discutirse con qué nombre se registrará en la carátula de la causa, ya que el varón cambia el nombre de su origen por el de fantasía, y así no permite al sistema penal identificar si tiene causas anteriores.
En la Provincia de Río Negro, un extranjero trans fue absuelto por acusársele de trata de personas con fines de explotación sexual, teniendo su delito probado. El juez federal reprendió a la fiscalía, afirmando que este varón fue injustamente acusado, y que sufrió vejámenes degradantes y trato inhumano por detenerlo en una institución penitenciaria masculina. Asimismo, que este extranjero paraguayo también estaba en una situación de vulnerabilidad junto con las mujeres también de su país, por ser “pobres, migrantes y vulnerables”. De acuerdo a la ley argentina, sufrió de maltrato judicial, de manera que debe repararse por el continuo perjuicio que había conllevado este proceso el extranjero paraguayo.
Ese mismo juez del caso anterior también absolvió a otro extranjero trans de Perú también acusado de trata de personas, porque durante el trámite no se había respetado su nombre de fantasía. En este caso, entre los testigos que declararon en el juicio a su favor se distinguen por pertenecer al poder ejecutivo nacional, al poder judicial y a una orden religiosa.6
El estatus de privilegio de la población extranjera trans se va afianzando en todos los estamentos. Se protege y prioriza a varones que realizan actos ilícitos por el solo hecho de autodefinirse como mujer y ser extranjeros, expresando su preocupación por los contenidos xenófobos y transfóbicos de las autoridades competentes.
El entrismo transgenerista funciona poco a poco amordazando a todos las partes involucradas (y dar vuelta el sistema de igualdad ante la ley, o igualdad jurídica, ya perdido con la ley de Identidad de Género). En el trayecto que va desde la detención, pasando por el encarcelamiento y el proceso legal hasta el fallo del juicio, buscan resquicios por donde ir asentando presuntos agravios y demandando resarcimientos por la supuesta injusticia social.
LAS UNIDADES PENITENCIARIAS
En su propósito de subvertir al sistema, tanto los trans argentinos como los extranjeros encarcelados denuncian que son discriminados, por trato crueles, uso de lenguaje abusivo, falta de respeto de la identidad de género, así como condiciones inhumanas. Se quejan que no existen criterios establecidos para su alojamiento en el Servicio Penitenciario Nacional y que queda entonces en manos del personal penitenciario.
Esta nueva minoría dictamina cómo deben actuar las autoridades carcelarias, por sobre el derecho de las mujeres encarceladas. No piden que se esté de acuerdo, sino que exigen dictaminar las reglas de funcionamiento del sistema.
Según el organismo transgenerista Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) las personas “trans” encarceladas en cárceles bonaerenses no reciben trato conforme a su identidad, revelando carencia de política penitenciaria acorde a la ley. Dos pabellones trans existen en Servicio Penitenciario Bonaerense, llamados "pabellones de homosexuales", donde enfrentan violencia y discriminación. Los “travestis” trasladados con internos varones sufren agresiones verbales y físicas, con acceso limitado a servicios de salud, interrumpiendo tratamientos hormonales y generando consecuencias físicas y psicológicas (Informe “Ni una menos”, 2016)
En las prisiones, es donde más claramente se expresa el estatus de privilegio de estos dos grupos. Fuera y bien lejos del podio están las mujeres encarceladas con varones. Ellas pierden todos sus derechos fundamentales: se les despoja de su dignidad, de la seguridad básica y privacidad de manera flagrante. como ya se mostró en las siguientes dos notas.
Las noticias sobre la vida de las mujeres encerradas con varones en las unidades penitenciarias son bien escasas. Se conoce por ejemplo, de los poquísimos que se reportan, un caso en Córdoba en 2019.
5. DELITOS TRANS
En esta nota están retratados los casos sobre varones pedófilos, proxenetas, condenados por trata de personas y explotacion sexual, delincuentes sexuales junto con feminicidas que se autoidentifican mujer.
La justicia ha aplicado el mismo principio: se privilegia la identidad de género, de declararse mujer, por sobre el sexo de los delincuentes. Como resultado, han creado una justicia para femicidas “trans” vs femicididas “cis”, todos ellos varones, homicidas motivados por el odio, desprecio hacia las mujeres.
Entre estos femicidas trans privilegiados, también ya se cuenta con el caso de un extranjero llamado Fernando Alvez Ferreria. El estaba casado con otro varón, que falleció durante el embarazo de su amiga brasileña, Eduarda Santos. Eduarda fue subrogante de vientre de sus dos hijos, y fue asesinada por Alvez Ferreria. Este se identificó como Amanda Alvez Ferreira, como mujer, diez meses después del homicidio. Los abogados defensores de Alvez Ferreria argumentaron que se percibía desde la adolescencia como mujer, que no existía una relación de poder asimétrica porque él era femenino, etc. Finalmente, en un jurado popular, se descartó la figura de femicidio pero se lo declaró culpable del hecho y no varió el monto de la pena.
No parece haberse logrado el objetivo, pero será cuestión de tiempo, jueces y otras circunstancias para que oportunamente reconsideren la pena bajo estas falacias.
FINALMENTE
Las políticas identitarias institucionalizan una ficción, inclusive para los varones extranjeros que pueden hacer uso de los servicios de salud de “género” gracias a la ley trans. Esto conlleva a un Estado que permite la llegada de más personas que buscan beneficiarse de los limitados recursos, descuidando los intereses y el bienestar de sus propios ciudadanos. Pero el contexto es más amplio: consolidar la agenda e industria de género a nivel global.
Sin embargo, lo fundamental es borrar deliberadamente la existencia legal de la mujer, desquiciar el sistema de justicia basado en la igualdad de las personas ante la ley, y ignorar o minimizar la responsabilidad criminal, en nombre de las “identidades de género” y la condición de “extranjero”.
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Migración internacional, cisnormatividad y legalidad excluyente: migrantes trans en Argentina, Carolina Rosas (Instituto Gino Germani, Conicet) y Verónica Jaramillo Fonnegra (Universidad Nacional de Lanus, Conicet), Trabajo y Sociedad, Nro. 41, 2023.
https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/2020/11/informe_mujeres_trans_travestis_estupefacientes.pdf
Esta publicación proviene de una casa de altos estudios financiada por el estado nacional: la Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la Universidad Nacional de La Plata.
DARVO significa Negar, Atacar e Invertir el papel de la Víctima y el Agresor (Deny, Attack, and Reverse Victim and Offender). Niegan su abuso, atacan a la víctima de manera que crean el otro es el verdadero culpable, marcado como agresivo, repugnante, intolerante, odiador, etc. En resumen, es hacer luz de gas. Recomiendo esta nota → https://salagre.com/tacticas-darvo-del-activismo-por-los-derechos-de-los-hombres-detras-del-transgenerismo/
https://ar.lejister.com/pop.php?option=articulo&Hash=4cbb7cb917d7fd7f0565ceffff334327&from_section=relacionados A propósito, el gobierno albertista sugirió el uso del eufemismo, en sus documentos oficiales de “privadas de la libertad” por sobre la clara enunciación de encarcelados.
Estos fueron entre otros, Elizabeth Gomez Alcorta, ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, y Alba Rueda, subsecretario de Políticas de Diversidad del mismo ministerio. Una monja de orden de las Carmelitas Descalzas denunció que esta causa penal impidió que el peruano accediera a una vivienda para personas trans adultas de la Ciudad de Neuquén. También lo defendió una fiscal de una unidad especializada en Violencia contra las Mujeres.
Excellent!